-puedes hacerte "autónomo" ante hacienda en el caso de que el volumen de ganancias sea superior a unos tres mil euros anuales aproximadamente. En caso de que formes parte de un dúo o grupo mayor puedes contratar tú a los otros miembros, siendo tú el pagador, serás tú quien factura.
-puedes darte de alta como asociación ante el registro correspondiente de tu comunidad autónoma. En este caso facturará la asociaión a quien la contrate. Tiene una ventaja asociada y es que los beneficios pueden revertir en gastos de la propia asociación.
-puede que te hagan un contrato con cotización en la Seguridad Social. Pertenecerías a un régimen especial: el de "Artistas en Espectáculos Públicos".